Noticias & Artículos

Los contratos a término fijo, por duración de obra o labor, una respuesta a las dinámicas de los negocios

“Los contratos a término fijo y por duración de obra o labor, son una necesidad en razón a la dinámica de los negocios y de las empresas, en la mayoría de los países del mundo se contemplan estas dos figuras jurídicas, asimismo el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (aún no ratificado por Colombia) los contempla, razón por la cual pretender que estos dos modelos de contratación prácticamente desaparezcan, tal y como lo plantea en este momento el proyecto de reforma, es algo bastante perjudicial para la economía del país y lejos de generar empleo va a traer el efecto contrario. 

Los contratos a término fijo, por duración de obra o labor, una respuesta a las dinámicas de los negocios
La economía es dinámica y por ende las leyes en materia laboral deben serlo para garantizar el único fin que es generar empleo digno y con protecciones suficientes al trabajador.

Sí es imperiosa la necesidad de poner límites a esta clase de contratos evitando que se abuse de estas figuras, pero definitivamente no pueden desaparecer del ordenamiento jurídico laboral. 

Pretender que dichos contratos sólo se puedan terminar si ha terminado el objeto o la causa que les dió origen,  es contrario a las necesidades económicas actuales de las compañías. Así mismo pretender que solamente se puedan usar contratos de obra o labor, cuando se contrate una actividad que no tenga que ver con el objeto esencial del negocio, es desnaturalizar esta clase de contratos. 

Ahora bien, no es muy razonable que la regla general de todas las empresas en Colombia sea la contratación a término indefinido, pues sería de alguna manera desconocer que todas las unidades de producción generadoras de empleo y que mueven la economía son distintas y necesitan de diversas herramientas jurídicas para funcionar. 

La economía es dinámica y por ende las leyes en materia laboral deben serlo para garantizar el único fin que es generar empleo digno y con protecciones suficientes al trabajador. 

Cabe aclarar que algunos países que habían prohibido estos contratos, después tuvieron que volverlos a consagrar en su legislación interna.”

foto credito noticia

Por: Catalina Romero
Socia en Cortes, Romero y Asociados. Miembro comité jurídico de ACRIP.

2 respuestas

  1. ¿Hay investigaciones, en Colombia, que demuestren el impacto en la productividad y en la salud de las personas de las diferentes modalidades de contratación?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Próximos Eventos

Nov 26 - Sinergy Data: analítica del talento como parte de la estrategia corporativa.
Dicie 03 - Foro de gestión humana: Ver con el corazón. Lo esencial es invisible a los ojos

Consulta, procedimiento y trámite de peticiones, quejas, recursos y sugerencias (PQRS).

  1. Los afiliados a ACRIP Región Central, tiene el derecho de presentar sus peticiones, quejas, reclamos (o recursos) y sugerencias de manera verbal o escrita a través de los siguientes medios de comunicación:
    1. Mail
    2. Web
    3. Líneas de atención telefónica
  1. ACRIP Región Central brindará respuesta a las peticiones, quejas, reclamos o recursos y sugerencias dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la PQRS por los medios de comunicación oficiales.
  1. Sí el afiliado no se encuentra de acuerdo con la decisión tomada por ACRIP Región Central, este tiene derecho a solicitar en un plazo no mayor a 10 días hábiles después de haber sido notificada la decisión, que ACRIP Región Central revise nuevamente la solicitud mediante el recurso de reposición.
  1. Al momento de presentar su petición, queja, reclamo o recursos y sugerencia, si se realiza de forma verbal, por parte del usuario, deberá informar su nombre completo, el número de su identificación y el motivo de su solicitud. Cuando la PQRS sea presentada de manera escrita, debe contener su nombre completo, número de su identificación y el motivo de su solicitud. En el momento en que se reciba la PQRS ACRIP Región Central, en los casos que aplique, otorgará un CUN (código único numérico), el cual será el número que identifica su trámite. 

 

  1. El Afiliado podrá hacer seguimiento al trámite dado a su PQRS a través de los canales de atención oficiales de ACRIP Región Central, consultando con el número de CUN, número de caso o número de identificación del interesado.