En el contexto de la reforma laboral propuesta, se identifican varios temas de gran importancia que requieren ser analizados en los siguientes debates en el marco del Congreso de la República.
En la parte individual de la reforma, se destaca la discusión sobre el contrato a término fijo. Si bien se ha aumentado la duración máxima del contrato de 2 a 3 años, el aspecto sensible no radica en la duración, sino en el requisito de una necesidad específica para celebrar dicho contrato. Sería conveniente restringir esta exigencia solo a contratos de duración inferior a 1 año, permitiendo contratos de hasta 3 años basados en la voluntad de las partes y el
acuerdo por escrito, como se establecía antes de la Ley 50 de 1990. Otro tema relevante es la indemnización por despido sin justa causa. Aunque se han
reducido las tarifas propuestas inicialmente, siguen siendo elevadas a partir del quinto año de servicio y especialmente después de los 10 años. Esto puede generar inestabilidad para los trabajadores cercanos a alcanzar esas edades. Sería importante ajustar estas tarifas para lograr un equilibrio entre la protección del trabajador y la necesidad de incentivar la contratación.
La estabilidad laboral reforzada para prepensionados es otro punto que merece atención. La propuesta actual exige autorización previa del Ministerio del Trabajo para la terminación del contrato con justa causa, lo cual dificulta la desvinculación en la práctica y genera incertidumbre. Sería recomendable ajustar esta medida de acuerdo con los criterios establecidos por la Corte Constitucional en su sentencia SU 003 de 2018, que reconoce el fuero prepensional solo dentro de los 3 años anteriores a cumplir con los requisitos necesarios para la pensión de vejez.
En cuanto al despido discriminatorio, se propone cargar al empleador la prueba de las razones objetivas que motivaron la desvinculación. Esta norma podría generar un aumento en la conflictividad judicial y socavar la seguridad jurídica, dado que la indemnización por despido se paga cuando no hay justas causas para el retiro. Si bien es inaceptable discriminar a un trabajador, establecer una norma tan subjetiva puede tener consecuencias
negativas y desproteger la libre empresa. La laboralización de los contratos de aprendizaje también plantea preocupaciones.
Considerarlos como contratos de trabajo podría aumentar los costos para las empresas y tener un impacto negativo en el empleo juvenil, que es uno de los grupos más afectados por el desempleo. Es necesario evaluar cuidadosamente los efectos antes de implementar esta medida.
La propuesta de extender los beneficios a los trabajadores de contratistas y empresas de servicios temporales plantea desafíos para las MIPYMES y podría reducir su capacidad de generar empleo. Asumir los salarios y beneficios extralegales de los trabajadores contratados por terceros podría llevar a una internalización de actividades y una disminución en la contratación externa, lo cual afectaría negativamente a las pequeñas y
medianas empresas.
Finalmente, la reforma propone ampliar el término de prescripción de los derechos laborales de 3 a 5 años y establecer que este plazo comienza a partir de la terminación del contrato. Esta modificación puede generar una gran inestabilidad jurídica y un aumento desmedido de las acciones judiciales. Es necesario evaluar cuidadosamente las implicaciones de esta propuesta. En resumen, la reforma laboral actual plantea varios temas de gran relevancia que deben ser analizados y ajustados en el Congreso de la República. Estos temas abarcan desde el contrato a término fijo y la indemnización por despido hasta la estabilidad laboral reforzada para prepensionados, el despido discriminatorio, la laboralización de los contratos de aprendizaje, la extensión de beneficios a trabajadores de contratistas y empresas de servicios temporales, y la ampliación del término de prescripción. La revisión y adecuación de estos aspectos son fundamentales para lograr una reforma laboral equitativa y que promueva la formalización del empleo sin desincentivar la generación de puestos de trabajo.
Por: Claudia Liévano Triana
Socia de Álvarez Liévano Laserna